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Fosetil-Al cambia de reglas: así se redefinen sus residuos a partir de abril de 2025

El Reglamento (UE) 2024/2619 de la Comisión, publicado el 8 de octubre de 2024, introduce cambios importantes en la legislación europea sobre límites máximos de residuos (LMR) de determinadas sustancias activas, entre ellas el fosetil-Al

A partir del 29 de abril de 2025, entra en vigor una nueva definición de residuo:
la anterior descripción como “suma de fosetil, ácido fosfónico y sus sales, expresada como fosetil” se sustituye por “ácido fosfónico y sus sales, expresados como ácido fosfónico”.

Este cambio busca representar mejor cómo llega el ácido fosfónico a los alimentos, principalmente a través del uso de fosfonatos agrícolas, fertilizantes o su presencia natural en el entorno.

 

¿Qué implica esta modificación?

  • No se aplicará el LMR por defecto de 0,01 mg/kg al fosetil, ya que este queda excluido de la definición de residuo.

  • La evaluación toxicológica se basará únicamente en el ácido fosfónico y sus sales.

 ¿Y en TestQual?

  • El fosetil, como plaguicida, seguirá siendo evaluado en nuestros intercomparativos.

  • El ácido fosfónico se reportará según la nueva definición, tal y como establece el reglamento.

 

A partir del 29 de abril, los informes de resultados reflejarán esta nueva interpretación, en cumplimiento con la normativa vigente.

Para cualquier consulta técnica o reglamentaria, nuestro equipo está disponible para asesorarle.

 

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